
Oficina de Ética Judicial_____
El Código de Etica Judicial se encuentra en vigencia desde el 1 de enero de 2006. A la vez, la Corte Suprema de Justicia, por Acordada N° 390 del 18 de Octubre de 2005, implementa tal normativa, y dispuso la inauguración de la Oficina de Ética Judicial.
El Código de Ética Judicial busca dotar a los Jueces del Poder Judicial de un conjunto ordenado de reglas que orienten su comportamiento ético, tanto en el ejercicio de sus funciones públicas como privadas (http://www.idea.org.py/programa/codigoetica.html).
Si desea el texto de la Acordada
N° 390/05
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Cómo presentar denuncias y consultas :
Toda
persona física o jurídica directamente agraviada, o la Corte Suprema de
Justicia, podrá denunciar a un juez por violación de las normas éticas
previstas en el Código, sin obligatoriedad de patrocinio de abogado. Se
admitirá el procedimiento de oficio por parte del Tribunal de
Ética Judicial. (Acordada Nº 408)
La denuncia será radicada por escrito ante el Tribunal
de Etica Judicial. El escrito de denuncia deberá contener
:
1) La indicación de los nombres y apellidos del denunciante y del denunciado.
2) La indicación del domicilio real y procesal del denunciante y del domicilio legal del denunciado.
3) La explicación clara, concreta y circunstanciada de los hechos relativos al caso.
4) La enunciación expresa de las normas éticas de este Código violadas por el denunciado en perjuicio del denunciante.
5) La presentanción de los documentos y demás elementos de juicio relacionados con la denuncia.
6) La firma del denunciante o apoderado, y la del letrado patrocinante si lo hubiere, con indicación del número de matrícula.
Alonso y Testanova - Torre
Norte - 3er. Piso
Teléfonos: 424 124/9, 424211/5 - 424 311/5
Teléfono / Fax : 425 493 (Directo)
Internos: 2346 - 2347
e-mail: eticajudicial@pj.gov.py
Fuente: http://www.pj.gov.py
Asociación de Abogados de Itapúa
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